Beneficio de exoneración

Cancela tus deudas y comienza con tu vida desde cero

El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) es un mecanismo legal que permite eliminar todas aquellas deudas que no podemos pagar. Para solicitar la exoneración de las deudas, lo que debemos hacer es acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Con esta ley, aprobada en el año 2015, cualquier persona puede eliminar una parte o la totalidad de sus deudas de manera legal y segura. De este modo, además de eliminar sus deudas, el deudor deja de recibir llamadas de acoso y aparecer en los registros de morosidad.

Índice

  1. Procedimiento
  2. Exoneración pasivo insatisfecho
  3. Dos tipos de beneficios del pasivo insatisfecho
  4. Requisitos
  5. ¿Qué deudas elimina la Ley de Segunda Oportunidad?
  6. Abogados Para Tus Deudas
  7. Soporte legal

1.-Procedimiento

El BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) es la segunda fase de la Ley de Segunda Oportunidad.

Para acogernos a esta ley, lo primero que debemos hacer es presentar toda la documentación pertinente ante notario. En caso de ser autónomo o empresario, haremos lo mismo ante el Registro Mercantil o Cámara de Comercio. Esta documentación debe exponer la situación económica en la que nos encontramos, hecho que justifica el impago de nuestras deudas.

Una vez entregada la documentación y aprobada la solicitud, se nos adjudicará un mediador concursal. Este mediador es la persona encargada de gestionar el procedimiento y comprobar que todo transcurre de acuerdo con la ley.

Será entonces cuando se iniciará la primera fase del procedimiento: el Acuerdo Extrajudicial de Pagos. En esta primera fase, el objetivo es reducir todas las deudas llegando a un nuevo acuerdo con los acreedores. De esta forma, nuestra vivienda y vehículo no correrán ningún peligro, eliminando parte de las deudas en unos pocos meses.

Si este Acuerdo Extrajudicial fracasa, el procedimiento pasará a la segunda fase: el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho.

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    2.-Exoneración pasivo insatisfecho

    Esta segunda fase del procedimiento es judicial y tiene como objetivo eliminar el 100% de las deudas pendientes. Solamente podemos solicitar el BEPI si hemos tratado de llegar a un acuerdo extrajudicial en la primera fase. De lo contrario, si quisiéramos pasar directamente a esta segunda fase, deberíamos pagar obligatoriamente una parte de las deudas pendientes.

    Para poder eliminar todas nuestras deudas con el BEPI, debemos ejecutar el concurso consecutivo dentro del procedimiento, donde se liquidan algunos bienes con el objetivo de pagar una parte de la deudas pendientes.

    De este modo, el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho no es más que el perdón de todas aquellas deudas no satisfechas con el concurso de acreedores. En muchos casos, lo que ocurre es que el deudor no tiene patrimonio que ceder, por lo que se le eliminan todas las deudas directamente sin necesidad de abrir el propio concurso.

    A su vez, existen muchas formas de proteger los bienes del deudor durante el concurso. En el caso de los vehículos, por ejemplo, podrá eximirse la ejecución si se le está dando un uso profesional o su valor no es considerado como relevante. En el caso de la vivienda, tampoco podrá ejecutarse si su valor actual es inferior a la deuda hipotecaria pendiente o no cubre a los demás acreedores, algo muy habitual con la inflación de la vivienda.

    Estas y otras formas de eximir la ejecución de los bienes responden a un principio básico: la situación económica del deudor no puede empeorar con la realización del concurso. A su vez, la liquidación de los bienes debe responder a la satisfacción de todos los acreedores por igual, colectivamente. Esto significa que aunque tengamos una vivienda o vehículo, podremos esquivar la ejecución de estos bienes de muchas formas.

    Una vez cerrado el concurso y calificado de fortuito, podremos solicitar ante el juez el BEPI. Será entonces, mediante resolución judicial, cuando se eliminarán todas nuestras deudas pendientes.

    3.-Dos tipos de beneficios del pasivo insatisfecho

    Para eliminar definitiva y permanentemente todas nuestras deudas con el BEPI, debemos satisfacer íntegramente los créditos contra la masa y los posibles créditos privilegiados. En tal caso, el juez nos concederá la exoneración definitiva de las deudas.

    Si no podemos pagar estos créditos, el juez nos concederá la exoneración de las deudas a su vez que un Plan de Pagos de 5 años para satisfacer dichos créditos contra la masa. Tanto si hemos cumplido el Plan de Pagos como si no lo hemos hecho pero lo hemos intentado, el juez nos concederá finalmente la exoneración definitiva.

    En el caso de ser una familia muy vulnerable, y de acuerdo al Real Decreto-ley 8/2011, bastará con dedicar una cuarta parte de los ingresos en dicho Plan de Pagos para que el juez nos conceda la exoneración definitiva.

    El perdón de las deudas tendrá un plazo de revocación de 5 años. Esto quiere decir que durante los primeros 5 años, los acreedores podrán volver a reclamarte las deudas si llevas a cabo malas prácticas o no cumples con el plan de pagos.

    4.-Requisitos

    Para solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, el principal requisito pasa por estar en una situación de insolvencia. Según la legislación vigente, es insolvente aquella persona que no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago.

    De este modo, si nos encontramos en una situación en la que no podemos hacer frente a las deudas porque nuestros ingresos son insuficientes, significa que somos insolventes.

    Con la Ley de la Segunda Oportunidad, del mismo modo que las empresas pueden declararse insolventes para reestructurar sus deudas, también pueden hacerlo las personas. Seas particular, autónomo o empresario, para solicitar la eliminación de las deudas tan solo debes cumplir con los siguientes requisitos:

    • No tener una deuda total superior a los 5 millones de euros.
    • Tener dos o más deudas con diversos acreedores.
    • No haber acudido a la Ley de la Segunda Oportunidad en los últimos 10 años.
    • No haber sido condenado por sentencia firme en los últimos 10 años por delitos contra el patrimonio, orden socioeconómico, falsedad documental, Hacienda, Seguridad Social o derechos de los trabajadores.
    • Ser deudor de buena fe, es decir, no actuar con dolo durante el procedimiento.

    Si cumplimos con estas formalidades, podremos eliminar todas nuestras deudas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad.

    5.-¿Qué deudas elimina la Ley de Segunda Oportunidad?

    Esta ley permite eliminar todo tipo de deudas, ya sean públicas o privadas. Desde la aprobación de este marco legal, muchos ciudadanos de este país ya han eliminado sus deudas mediante este procedimiento.

    Pueden eliminarse tarjetas de crédito, préstamos bancarios, hipotecas, microcréditos online, financiaciones, deudas con proveedores, etc.

    Como ya hemos adelantado, las deudas con Hacienda y Seguridad Social también pueden eliminarse con esta ley. Es cierto que durante los primeros años de su aprobación, la ley dificultaba la exoneración de las deudas con la administración pública. No obstante, gracias a la jurisprudencia que ha establecido la sentencia del Tribunal Supremo de 2019 respecto a esta cuestión, ahora pueden eliminarse las deudas públicas de forma más sencilla.

    En definitiva, con la Ley de la Segunda Oportunidad pueden llegar a eliminarse todo tipo de deudas. Cada caso en particular requerirá de un acercamiento jurídico diferente para eliminar esas deudas, de modo que a veces es mejor quedarse en una primera fase extrajudicial o llegar a la segunda fase. Por eso es tan importante estar asesorado y acompañado por un despacho de abogados experto, del mismo modo que en cualquier otro procedimiento judicial.

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      6.-Abogados Para Tus Deudas

      En Abogados para tus deudas somos referente nacional en Ley de Segunda Oportunidad. Contamos con más de 10 años de experiencia eliminando deudas a personas y empresas mediante este y otros procedimientos legales. Todos nuestros empleados son abogados titulados y expertos en derecho concursal y derecho bancario.

      La razón de que esto sea así: asesorar del mejor modo posible a todos nuestros clientes desde el primer minuto. Somos conscientes que diseñar la mejor estrategia para cada caso particular es la mejor forma de empezar el procedimiento. Tomando en consideración el patrimonio, ingresos, gastos y deudas, estableceremos los objetivos: eliminar las deudas, salvar la vivienda, etc.

      Trabajando en sintonía con el cliente, nos encargamos de gestionar toda la parte burocrática del proceso y nos proclamamos interlocutores oficiales con los acreedores. De este modo, le quitamos al deudor la carga de tener que lidiar con todas las empresas y personas que reclaman sus deudas.

      Una vez finalizado el procedimiento, el deudor dejará de tener deudas pendientes y su nombre desaparecerá de las listas de morosidad, como ASNEF. Nuestros casos de éxito por toda España nos avalan como el despacho de abogados idóneo para eliminar tus deudas sin imprevistos ni preocupaciones.

      7.-Soporte legal

      Este procedimiento de cancelación de deudas se ampara en la Ley de la Segunda Oportunidad, aprobada en el BOE como la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

      Del mismo modo, este procedimiento concursal también se ampara en la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio.

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