El TJUE propone anular los desahucios en hipotecas por un solo impago

Se emitirá un dictamen en semanas ante una consulta del Tribunal Supremo español donde, de forma preliminar, se tachan de abusivas las cláusulas hipotecarias de vencimiento anticipado y se proceden a su eliminación y modificación.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría abrir la puerta a anular los desahucios que sean ordenados solo con no haber pagado una cuota de la hipoteca. Considera abusivas a las cláusulas de vencimiento anticipado en las hipotecas españolas, y estima que han de ser eliminadas las condiciones que han permitido iniciar ejecuciones que pueden terminar en desahucios.

La propuesta de Szpunar supone eliminar del contrato las cláusulas de vencimiento anticipado que permitan iniciar la ejecución hipotecaria ante un solo impago, sin posibilidad de sustituir el texto de las mismas elevando el número de cuotas para permitir que el banco pueda impulsar el desahucio aunque el impago sea mayor, como sugirió el Supremo. Según sus propias palabras, un solo impago “no constituye un incumplimiento suficientemente grave en relación con la duración y la cuantía del préstamo”.

Además se concluye que los procedimientos de ejecución derivados de aplicar la cláusula abusiva deben suspenderse, a no ser que el cliente acepte expresamente continuar por esta vía.

Habrá que esperar a las próximas semanas para ver si en el dictamen final del TJUE mantiene este criterio. Pero se estima que en las próximas semanas saldrá la sentencia que será de obligado cumplimiento.

A partir de ahí, el abogado general del TJUE recuerda que “los jueces nacionales están obligados, pura y simplemente, a dejar sin aplicación las cláusulas consideradas abusivas”, por lo que “la totalidad de la cláusula quedaría necesariamente sin efecto”.