El experto en reestructuración preconcursal en la Ley de Segunda Oportunidad

La reforma concursal plantea armonizar las normativas nacionales de reestructuración e insolvencia y potenciar los instrumentos preconcursales que aseguren la continuidad de la actividad empresarial, especialmente comprometida tras el fin de la moratoria concursal el 1 de septiembre de 2022. Así, la Ley Concursal resultante pretende que el procedimiento de segunda oportunidad sea más eficaz.

Este nuevo texto también reforma el procedimiento de Segunda Oportunidad para que cualquier deudor de buena fe, sea empresario o particular, vea ampliadas las deudas exonerables y que no sea necesario liquidar previamente su patrimonio. Gracias al plan de pagos, el deudor puede conservar tanto su vivienda habitual como los activos empresariales.

En qué consiste la figura del reestructurador concursal

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal quiere agilizar el procedimiento de reestructuración y que esto descongestione los tribunales. Para ello, las empresas pueden acogerse a la probabilidad de insolvencia -que precede a la insolvencia inminente que se exigía antes-, para la cual el deudor debe no poder cumplir las obligaciones que venzan a dos años vista.

Del mismo modo, la reforma concursal introduce una nueva figura clave en el pre-concurso: el experto en reestructuración. Su objetivo es asistir al deudor y a los acreedores en las negociaciones y en la elaboración del propio plan de reestructuración, actuando como mediador entre partes hasta la aprobación del plan. El nombramiento de esta figura corresponde tanto al deudor como a los acreedores y de igual modo puede ser designada por el juez si este lo considera oportuno.

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Requisitos del experto en reestructuración

El perfil del experto en reestructuración es el de una persona física o jurídica con conocimientos jurídicos, financieros y empresariales, además de con experiencia en reestructuraciones o bien que reúna los requisitos de administrador concursal.

La Ley recoge que no podrán ser propuestos ni nombrados expertos en la reestructuración y, en caso de ser nombrados, no podrán aceptar el cargo:

  • Aquellos que hayan prestado servicios profesionales sobre reestructuración al deudor o a personas del entorno en los últimos dos años, salvo que fuera por haber sido nombrado experto en una reestructuración previa.
  • Aquellos en situación de incompatibilidad según la legislación en materia de auditoría de cuentas en relación con el deudor o personas del entorno.

Las funciones del experto en reestructuración

Entre las tareas más relevantes de esta figura está la elaboración de los informes exigidos por la ley y su presentación ante el juez competente. También debe documentar el valor en funcionamiento de la empresa si se inicia el plan de reestructuración sin apoyo de todas las partes. Para ello, el experto debe obrar con independencia e imparcialidad respecto a las partes, tanto en la negociación previa como en el acuerdo posterior.

Además, el experto deberá tener seguro de responsabilidad civil, ya que responderá indemnizando por los daños y perjuicios que pudiera causar a deudores y acreedores en caso de infracción de los deberes de diligencia, independencia e imparcialidad.

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La Ley Concursal y la Ley de la Segunda Oportunidad permiten reestructurar y cancelar las deudas a aquellas empresas y personas que se encuentran en una situación de insolvencia y necesitan dar un vuelco a su situación económica.

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