Concurso de acreedores: ejemplo de informe de liquidación

El concurso de acreedores es un procedimiento jurídico enfocado a empresas y personas que no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago. El objetivo de este procedimiento es reestructurar las deudas y sanear las cuentas del deudor. Una vez terminado el concurso, los acreedores habrán cobrado el dinero que exigen (o al menos una parte) y el deudor dejará de tener deudas con impagos. En el siguiente artículo vamos a centrarnos en la fase de liquidación del concurso de acreedores, poniendo un ejemplo de informe de liquidación.

Antes de pasar a explicar la fase de liquidación, vamos a recordar qué es un concurso de acreedores y qué fases tiene.

El concurso de acreedores y sus fases

El concurso de acreedores es un instrumento jurídico que tiene como objetivo reducir o eliminar las deudas del concursado. A su vez, también vela porque los acreedores cobren las deudas que exigen, de acuerdo con el derecho a cobro.

Para iniciar el concurso de acreedores, el deudor debe ser insolvente, este es el requisito básico. Ser insolvente significa no poder hacer frente a tus obligaciones de pago de forma regular. 

La petición de concurso la puede hacer tanto el deudor como uno de los acreedores. En el primer caso estaremos hablando de un concurso voluntario, mientras que en el segundo caso hablaremos de un concurso forzoso. Si es el deudor el que presenta la petición de concurso, deberá justificar su endeudamiento y estado de insolvencia.

La petición de concurso se deberá realizar ante el juez de lo mercantil correspondiente, presentando el Auto de declaración. Una vez presentada formalmente la petición de concurso, el juez dictará auto y empezará el concurso. A partir de este momento, el juez asignará un administrador concursal que gestionará todo el concurso de acreedores. Las competencias del administrador dependerán de si estamos ante un concurso voluntario o forzoso. Es por eso que hablamos de una reestructuración de deudas gestionada por la justicia, es decir, un procedimiento jurídico.

Una vez empieza el concurso, tendrán lugar las diferentes fases del mismo:

  • Fase común. En esta primera fase, el administrador concursal se encargará de cuantificar la masa activa y la masa pasiva del deudor, es decir, lo que tiene y lo que debe. En relación al estado financiero del deudor, realizará un informe que entregará al juez de lo mercantil.
  • Fase de convenio. En esta segunda fase, el deudor y los acreedores se reunirán para intentar llegar a un nuevo acuerdo. El objetivo de este nuevo acuerdo es eliminar una parte de las deudas para que el deudor pueda pagar la otra parte sin tener que vender su patrimonio. Esta propuesta de convenio contendrá, sobre todo, esperas y quitas, y se votará en una junta de acreedores. Si el resultado es positivo, el concurso terminará aquí y se iniciará el plan de pagos del convenio.
  • Fase de liquidación. Si no se llega a ningún acuerdo, el deudor cederá los bienes necesarios para saldar la totalidad de la deuda o la mayor parte posible. De este modo, los acreedores cobrarán las deudas y el deudor dejará de tener deudas una vez liquidada la empresa.
  • Fase de calificación. Una vez terminado el concurso, el administrador concursal y el juez de lo mercantil calificarán el concurso como culpable o fortuito. La calificación de este concurso dependerá de las causas que hayan llevado al deudor a su insolvencia.

Por lo tanto, el concurso de acreedores puede terminar con un nuevo convenio o con la liquidación de los bienes. Dependiendo del estado financiero de cada caso, el concurso tenderá a una cosa u otra. Es por esta razón, que junto a la petición del concurso y durante los primeros pasos del mismo, el deudor podrá solicitar la liquidación ante el juez o presentar una propuesta anticipada de convenio.

Sobre la propuesta anticipada y la fase de convenio, explicamos mucho más en otro artículo. En este caso, vamos a centrarnos en la fase de liquidación. Además, pondremos un ejemplo de informe de liquidación de uno de nuestros clientes.

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Fase de liquidación

Como hemos comentado antes, la fase de liquidación puede iniciarse a solicitud del deudor antes de llegar a la fase de convenio. En este caso, el deudor lo solicitará ante el juez y este deberá dictar auto en los siguientes 10 días.

Sin embargo, generalmente se llevará a cabo la fase de convenio y, posteriormente, empezará la fase de liquidación. En esta fase, el deudor cederá los bienes necesarios para satisfacer el máximo de deuda posible. Después, estas deudas se cobrarán en un orden determinado en función del tipo de crédito que sean.

También se iniciará la fase de liquidación automáticamente si no se ha presentado ninguna propuesta de convenio dentro del plazo legal o, si por el contrario, se ha incumplido el convenio ya firmado.

La apertura de la fase de liquidación producirá el vencimiento anticipado de los créditos aplazados. También implicará la conversión en dinero de aquellos que consisten en otras prestaciones.

Durante esta fase, el deudor perderá todas las competencias sobre la administración de su patrimonio. Las operaciones de liquidación se efectuarán de acuerdo a un plan de liquidación que elaborará el administrador concursal durante los siguientes 15 días a la apertura de esta fase. Este plan de liquidación será aprobado posteriormente por el juez para que se pueda aplicar.

Antes de proceder al pago de los créditos concursales, el administrador concursal deducirá de la masa activa los bienes necesarios para satisfacer los créditos contra la masa. Una vez hecho esto, pagará a los acreedores de forma ordenada según indica la Ley Concursal.

El concurso de acreedores terminará con el pago de los acreedores, aun cuando no haya bienes suficientes para pagarlos a todos.

Toda esta fase de liquidación viene regulada por los artículos 406 y siguientes de la modificación de la Ley Concursal aprobada el 5 de mayo de 2020.

Concurso de acreedores para personas físicas

A este concurso de acreedores pueden acogerse tanto empresas como personas físicas, ya sean particulares, autónomos o empresarios. Si tienes muchas deudas a tu cargo y no puedes pagarlas, puedes iniciar un procedimiento legal para cancelar deudas. Este procedimiento es la llamada Ley de la Segunda Oportunidad, y dentro de ella se encuentra el concurso de acreedores para personas físicas.

La Ley de la Segunda Oportunidad es una ley aprobada en el año 2015 gracias a iniciativas de la Unión Europea. Esta Ley permite que cualquier persona insolvente pueda reducir o eliminar sus deudas. Una vez terminado el procedimiento, no solo se eliminan las deudas sino que el deudor desaparece de las listas de morosidad, dejando de recibir llamadas de acoso.

La Ley de la Segunda Oportunidad tiene dos fases: una primera fase extrajudicial y una segunda fase judicial.

La primera fase extrajudicial tiene el objetivo de reducir las deudas mediante un nuevo acuerdo con los acreedores. En este acuerdo, normalmente se consigue eliminar alrededor del 50% de las deudas y acordar el pago de las deudas restantes durante los siguientes 5 años.

Si no se llega a ningún acuerdo extrajudicial, se ejecuta el concurso de acreedores y, normalmente, se pasa a la fase de liquidación para ceder los bienes acordados con el administrador concursal. Una vez hecho el concurso, se solicita ante el juez la eliminación de todas las deudas no satisfechas con la cesión de los bienes. Esta segunda fase es especialmente interesante para aquellas personas que no tengan un patrimonio que perder. Cabe decir que también se puede salvar parte del patrimonio, como es el caso de los vehículos, alegando diferentes motivos.

Ya sea en la primera o segunda fase, el deudor deja de tener deudas con impagos y puede empezar una nueva vida. Vamos a ver ahora un ejemplo de informe de liquidación de uno de nuestros casos de éxito.

¿No puedes hacer frente a tus deudas?


Ejemplo de informe de liquidación

Aquí tenemos un ejemplo de informe de liquidación de uno de nuestros clientes. En este caso, no llegamos a un acuerdo extrajudicial con los acreedores, por lo que pasamos a solicitar la liquidación del concurso y la exoneración de las deudas.

Como ves, hacemos saber que intentamos llegar a un acuerdo extrajudicial sin éxito y cuáles son los activos del deudor susceptibles a liquidación. Más allá de estos puntos, se hace saber también la propuesta de publicidad del plan de liquidación y cómo se realizará la venta de los activos, en caso de que haya activos que vender.

En este informe de liquidación concretamente, se expone que el valor de los activos del deudor es nulo, según nuestro despacho. Por lo tanto, no existe patrimonio que ceder ni con el que hacer frente al pago de las deudas. Esta propuesta de plan de liquidación siempre podrá ser susceptible a cambios por parte de la administración concursal que lo reciba.

Una vez el juez acepta este informe de liquidación, solicitamos la cancelación de todas las deudas que no se han podido satisfacer con el concurso de acreedores.

Ponte en contacto

Abogados para tus deudas es un despacho de abogados especializado en la cancelación de deudas. Trabajamos con la Ley de la Segunda Oportunidad desde que se aprobó en España, y contamos con más de 10 años de experiencia en derecho concursal y derecho bancario. Nuestros casos de éxito nos posicionan como referentes nacionales del sector.

Si quieres eliminar tus deudas, ponte en contacto con nosotros en el 930 502 305.