¿Qué es un acreedor?

A diario leemos este término en todo tipo de artículos en prensa o en la disposición de leyes concursales, pero, ¿sabemos realmente lo qué significa ser un acreedor? A continuación, te lo contamos en profundidad.

¿Qué es un acreedor?

Si tomamos la definición de la RAE, veremos que acreedor tiene dos posibles connotaciones muy relacionadas y dependientes entre sí. En primer lugar, es aquel «que tiene derecho a que se le satisfaga una deuda”, es decir, alguien que ha proporcionado un objeto a otra entidad, que es considerada deudora de este.

El otro posible significado es el «que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación». En otras palabras, el acreedor tiene derecho a exigir la devolución de esta deuda mediante una obligación previamente pactada.

En resumen, para que exista un acreedor, debe existir también un deudor, y entre ellos el deber y el cumplimiento de una obligación de dar, hacer o no hacer.

¿Quién puede ser un acreedor?

Actualmente los principales acreedores son los bancos de crédito, aunque el papel del acreedor está presente de muchas otras formas en nuestro día a día. Acreedores pueden ser desde personas físicas a personas jurídicas.

Dos ejemplos de acreedores serían: cuando compramos un electrodoméstico a plazos y el pago de un determinado impuesto a un organismo público. En el primer caso, la empresa que nos ha vendido este bien tiene el papel de acreedora, y nosotros el de deudor. En el segundo ejemplo, el ente gubernamental es el acreedor, y nosotros, que debemos el pago de tal impuesto, el deudor.

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Concurso de acreedores, ¿qué son?

El término acreedor también va íntimamente ligado al concepto concurso de acreedores. Entendemos este como el instrumento con el cual acreedor y deudor, -que es una empresa se declara insolvente y con serias dificultades financieras y de liquidez-, reformulan y refinancian su deuda con el fin de llegar a un nuevo acuerdo.

Este concurso de acreedores transcurre a través de diversas fases que podríamos dividir en:

  • Fase común. Se solicita dicho concurso y se cuantifica la masa activa y pasiva, así como los créditos de la empresa.
  • Fase de convenio. Se hacen diversas propuestas entre acreedor y deudor con el fin de encontrar un acuerdo.
  • Fase de liquidación. Tras el acuerdo, se venden todos los bienes de la empresa para hacer frente a la deuda.
  • Fase de calificación. Se investiga las causas de dicha situación y se resuelve en función de si existe culpabilidad o ha sido fortuita. En caso de que exista culpabilidad, se debe indemnizar por los daños ocasionados a las partes pertinentes.

El acreedor y la Ley de la Segunda Oportunidad

En caso de que no se cumplan las condiciones de dicho acuerdo entre acreedor y deudor, el primero tiene la opción de iniciar un procedimiento monitorio con el que recuperar su deuda.

Actualmente, con la vigente Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015 en el BOE), se establece que esta deuda entre acreedor y deudor puede ser objeto de renegociación e incluso cancelación. Tal como estipula esta ley, cuando la parte deudora no pueda saldar esta deuda con los pagos establecidos, esta puede realizar una negociación extrajudicial con la entidad acreedora para llegar a un nuevo acuerdo, con el objetivo de facilitar los pagos de dicha deuda.

Si esta negociación no llegara a ningún acuerdo, se procedería a exonerar la deuda al 100%.

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