¿Cuándo prescribe una deuda entre particulares?
Las deudas entre particulares hacen referencia a las deudas que tiene una persona física con otra. En este post vamos a explicar cuál es el plazo de prescripción de este tipo de deudas, y trataremos otras cuestiones relacionadas que también pueden ser de interés de las personas que tienen deudas con otro particular.
¿Cuál es el plazo de prescripción de las deudas entre particulares?
Para saber cuándo prescriben las deudas entre particulares, tenemos que acudir al artículo 1964.2 del Código Civil, que establece lo siguiente:
Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación.
No existe ninguna norma legal que se refiera expresamente al plazo de prescripción de las deudas entre particulares. Por ello, a este tipo de deudas hay que aplicarles este plazo genérico de 5 años que contiene el Código Civil.
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¿Cuándo comienza el plazo de prescripción de las deudas entre particulares?
El plazo de prescripción comienza a contarse desde la fecha de vencimiento de la deuda, ya que es el momento desde el cual puede exigirse su pago.
¿La prescripción de las deudas entre particulares es lo mismo que su caducidad?
No, hablamos de dos conceptos distintos, y es fundamental conocer la diferencia entre la prescripción y la caducidad de una deuda:
- La prescripción se refiere al tiempo durante el cual, el acreedor puede requerir al deudor para que pague la deuda.
- Por su parte, la caducidad tiene lugar en el momento en que la deuda deja de ser exigible, por lo que ya no se puede obligar a la persona que la contrajo a que la pague.
Como ya hemos visto, las deudas entre particulares tienen un plazo de prescripción de 5 años. Pero cada vez que el acreedor exige el pago al deudor, ese plazo se reinicia, y dispone de otros 5 años para volver a reclamar la deuda.
Así pues, la deuda no caducará hasta que no hayan transcurrido 5 años completos sin que el acreedor reclame su pago. Además, es necesario que durante ese tiempo, el deudor no haya admitido la existencia de la deuda.
¿Qué ocurre si no se paga una deuda entre particulares?
Si un particular deja de pagar una deuda que tiene con otro, se arriesga a que este lo demande y se celebre un juicio monitorio. En ese caso, el Juez competente comprobará que realmente la deuda existe y es exigible, así como su importe.
Una vez realizados los trámites anteriores, desde el Juzgado se requerirá al deudor para que pague la deuda en un plazo de 20 días, o bien formule oposición. Si no hace ninguna de estas cosas (o si formula oposición pero no surte efecto), y continúa sin pagar, se procederá al embargo de su patrimonio conforme a las reglas contenidas en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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¿Qué puedo hacer si no puedo pagar una deuda a otro particular?
Si te encuentras en una situación económica complicada, y ello te impide pagar tu deuda, siempre puedes comprobar si reúnes los requisitos para beneficiarte del sistema establecido en la Ley de Segunda Oportunidad.
De ser así, podrías ver reducidas tus deudas, e incluso estas se podrían cancelar. Pero para ello tienes que reunir una serie de condiciones, entre ellas, tener varios acreedores.
Si partes de este caso, siempre puedes consultar el resto de requisitos con un abogado experto en deudas y Segunda Oportunidad para saber si debes iniciar las acciones pertinentes para acogerte a este mecanismo.