Plan de pagos: cancela entre un 20% y 45% tus deudas sin perder tu vivienda

Con la Ley de la Segunda Oportunidad cualquier persona puede renegociar o cancelar sus deudas. Si estamos sufriendo una situación económica complicada y no podemos hacer frente a nuestras deudas, podemos acogernos a esta Ley para terminar con nuestras preocupaciones. En el siguiente vídeo te explicamos qué es un plan de pagos: cancela entre un 20% y 45% tus deudas sin perder tu vivienda.

 

¿Qué partes tiene la Ley de la Segunda Oportunidad?

A esta Ley puede acogerse cualquier persona física, sea autónomo o no, que sea insolvente. Ser insolvente es sencillamente no poder hacer frente a nuestras obligaciones de pago, es decir, tener deudas con impagos actuales o inminentes. Además de esto, hay unos pocos requisitos para ampararte a este procedimiento. La Ley de la Segunda Oportunidad, aprobada en el año 2015, es un procedimiento que consta de dos partes.

  • La primera fase es extrajudicial y son los denominados Acuerdos extrajudiciales de pagos. En esta primera fase desde Abogados para tus deudas negociamos con las entidades y personas que reclaman el dinero para llegar a un nuevo acuerdo de pagos. Este nuevo acuerdo de pagos elimina parte de las deudas y está en consonancia con la capacidad de pago del cliente. Con esto, reestructuramos y saneamos las deudas del cliente y este puede continuar con su vida.
  • La segunda fase es judicial y es el llamado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Esta fase únicamente se puede hacer si hemos intentado hacer un acuerdo extrajudicial previo. En esta segunda fase pasamos a solicitar vía judicial la cancelación de todas las deudas de nuestro cliente. Pese a ser una fase judicial, el cliente no tiene que ir a ningún juicio.

En este vídeo vamos a centrarnos en la primera fase, donde conseguimos la cancelación de una parte de las deudas.

Además, en esta fase extrajudicial nuestra vivienda y cualquier otro bien como el coche no corre ningún peligro.

¿Quieres cancelar tus deudas?


Plan de pagos: cancela entre un 20% y 45% tus deudas sin perder tu vivienda

En esta primera fase extrajudicial, negociamos con todas las entidades de manera conjunta para llegar a un nuevo acuerdo. Este nuevo acuerdo tiene como objetivo que el cliente pague parte de las deudas de forma que pueda asumirlo. Para ello, desde Abogados para tus deudas presentamos en la reunión con los acreedores un Plan de Pagos.

Este Plan de Pagos propone la eliminación de parte de la deuda, y el pago de la deuda restante poco a poco en los próximos años.

Normalmente la cancelación de las deudas suele estar entorno al 40-50%, pero contamos con casos de éxito con un porcentaje mayor. No hay un límite establecido por la ley, sino que depende de lo que acepten las entidades. La deuda restante se puede pagar en un plazo máximo de 10 años en cuotas mucho más bajas de lo que pedían anteriormente. El pago de la deuda puede ser mensual o trimestral, todo esto se podrá negociar y pactar de acuerdo con el cliente y las empresas que reclaman el dinero.

Por mucho que nos sorprenda, es habitual que las empresas acepten este nuevo trato. Esto es así porque los bancos y entidades, al ver que el nuevo plan de pagos está acorde a los ingresos de la persona deudora, se aseguran cobrar parte de sus deudas.

Por otro lado, desde Abogados para tus deudas contamos con más de 10 años de experiencia en el sector, con lo que negociamos diversas veces hasta llegar a un acuerdo que sea satisfactorio para el cliente. En estos acuerdos no hace falta que todos los acreedores estén de acuerdo, con una mayoría es suficiente. Con lo que tratamos de configurar planes de pago que sean del agrado de la mayoría a la que queremos llegar.

Después de estas reuniones y negociaciones, podremos volver a empezar de cero. Saldremos de todas las listas de morosidad y dejaremos de sufrir acoso telefónico.

El Plan de pagos no es una refinanciación ni una reunificación

Es importante remarcar que la Ley de la Segunda Oportunidad no tiene nada que ver con una refinanciación o reunificación. Aquí estamos cancelando parte de nuestras deudas, o su totalidad si el acuerdo no llega a buen puerto. La reunificación de deudas no implica ninguna disminución de las deudas sino un incremento, una agrupación de las deudas en una nueva mayor, con nuevos intereses y tasas.