¿Qué es la suspensión de pagos?

Si nos encontramos ante una situación económica en la que no somos capaces de hacer frente al pago de las deudas que hemos contraído, nos podemos declarar en suspensión de pagos.

Declararse en suspensión de pagos no es un procedimiento legal sino una situación personal en la que una persona es insolvente. Ser insolvente significa que la persona no puede pagar sus deudas.

Desde el año 2015, y gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, no solo pueden declararse en suspensión de pagos las empresas. También pueden hacerlo los autónomos y cualquier persona en una situación económica de sobreendeudamiento. Esto permite que puedan renegociar o cancelar sus deudas.

¿Para qué sirve la suspensión de pagos?

Declarándonos en suspensión de pagos podemos renegociar nuestras deudas con las distintas empresas a las que les debemos dinero. De esta forma, la persona endeudada puede llegar a un nuevo acuerdo con los acreedores para modificar los plazos y las cantidades de dinero y así ir pagando en consonancia con su liquidez.

Es importante tener en cuenta que no es lo mismo la suspensión de pagos que el concurso de acreedores, dos conceptos que suelen confundirse habitualmente.

Mientras que la suspensión de pagos supone un problema de liquidez que hace imposible hacer frente a las deudas de forma transitoria, con el concurso de acreedores la situación de insolvencia es duradera y a largo plazo.

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Declararse insolvente con la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad permite que cualquier persona insolvente que no pueda cumplir con sus obligaciones de pago pueda renegociar o cancelar su deuda. Una vez hecho todo el procedimiento podremos volver a empezar de cero. Es decir, podremos volver a pedir financiación y salir de las listas de morosos.

La Ley de la Segunda Oportunidad consta de dos fases:

En una primera fase, la persona deudora y los acreedores intentan llegar a un acuerdo para pactar una nueva cantidad de dinero a pagar, con nuevos plazos y condiciones. El objetivo es que podamos pagar parte de la deuda que tenemos en consonancia con nuestros ingresos y capacidad de pago. Este Acuerdo Extrajudicial de Pagos es un procedimiento que tiene una duración máxima de dos meses y no necesita de ir a juicio.

Si no se llega a ningún acuerdo, nuestra situación de insolvencia se formalizará con un concurso de acreedores. En este concurso deberemos ceder todos nuestros bienes exceptuando aquellos que nos son imprescindibles para el desarrollo de nuestra actividad laboral. En el concurso de acreedores se investiga si el deudor está capacitado para hacer frente a parte de su deuda con su patrimonio.

Una de las ventajas de todo este proceso es que se congelan nuestras deudas y paralizan embargos hasta que se resuelva esta situación. Una vez realizado el concurso de acreedores, se iniciará la segunda fase judicial en la que se solicitará la cancelación total de la deuda a través del BEPI o Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho.

Por lo tanto, si nos encontramos en una situación de suspensión de pagos o insolvencia podemos ampararnos en la Ley de la Segunda Oportunidad para intentar renegociar nuestra deuda en una primera fase o cancelarla en una segunda fase si no se ha podido renegociar.