¿Qué es un crédito subordinado?
Cuando haces el proceso de Segunda Oportunidad, tus deudas se clasifican en función de varias características. Uno de estos tipos de deuda es el denominado crédito subordinado.
A continuación, te explicamos qué se considera crédito subordinado y cómo afecta al proceso de Segunda Oportunidad.
Tipos de deuda
Si te acoges a la Ley de la Segunda Oportunidad, es porque eres insolvente y tienes varias deudas sin pagar. En este caso, es importante que sepas que existen diferentes tipos de deuda y pueden afectar a tu proceso. Estas deudas se clasifican según la prioridad de cobro, ordenadas de mayor a menor importancia:
- Crédito contra la masa.
- Crédito privilegiado.
- Crédito ordinario.
- Crédito subordinado.
Cómo afecta a la Ley de Segunda Oportunidad
En función del tipo de deudas que tengas, en Abogados para tus deudas diseñaremos una estrategia específica. Porque cada caso es diferente y hay que actuar de distinta forma, según las deudas que tengas, para tener éxito.
- En la fase extrajudicial solamente pueden negociarse créditos ordinarios y subordinados, de modo que tendremos que tener en cuenta qué tipo de deudas tienes para plantear la mejor negociación con las entidades. Con un análisis pormenorizado de tus ingresos, gastos y tipos de deudas, resolveremos qué cuota mensual puedes asumir y si es preferible llegar a un acuerdo en esta fase.
- En la fase judicial tienes que pagar los créditos privilegiados para que se te conceda el perdón de la deudas. Por ese motivo, es vital determinar qué tipo de deudas tienes y cómo puedes asumir el pago del crédito privilegiado para cancelar todas tus deudas. También es posible que no tengas ningún crédito privilegiado y no tengas que pagar nada.
Todo depende de cada caso particular, por eso es muy importante estar acompañado de un abogado experto que estudie tu caso con detalle y haga la mejor estrategia según el tipo de deudas que tengas y la situación económica en la que te encuentres. Si quieres recibir información sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, llámanos al 930 502 305 y te asesoraremos gratuitamente.
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Créditos subordinados
Los créditos subordinados son los últimos en cobrar dentro del proceso de Segunda Oportunidad y pueden eliminarse tanto en la fase extrajudicial como en la judicial.
Durante la fase judicial, no tienen derecho a voto en la junta de acreedores ni en la propuesta de convenio, de modo que podemos negociar la eliminación de una parte de las deudas con los demás acreedores sin tener en cuenta lo que opinen estos sobre la propuesta. Ya que, aunque no puedan votar, quedarán afectados de igual manera por el resultado de la propuesta.
Los principales créditos subordinados son:
- Multas y sanciones
- Deudas en las que el titular sea una persona especialmente relacionada con el deudor: un familiar que te ha dejado dinero, tu pareja, etc.
- Deudas generadas por intereses y recargos de cualquier tipo, incluidos los moratorios. En este caso, es habitual poder separar entre la deuda original de un banco y la deuda generada por intereses con el mismo banco.
- Deudas comunicadas fuera del plazo establecido o de forma incorrecta.
- Deudas clasificadas como subordinadas por el administrador concursal.
- Deudas que por pacto contractual sean subordinadas respecto de todos los demás créditos del deudor.
Todas estas deudas pueden eliminarse sin problema dentro del proceso de Segunda Oportunidad.
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