Pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad
Optar a la Ley de la Segunda Oportunidad es para muchos, la única solución a sus problemas financieros. En algunas otras ocasiones, esta puede ser una opción, convirtiéndose en una decisión difícil de tomar. En este artículo recogemos algunos pros y contras acerca de la Ley de la Segunda Oportunidad que debes tener en cuenta antes de iniciar el procedimiento.
Pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad
A la hora de acogerse a esta ley es importante tener en consideración una serie de ventajas y desventajas:
Ventajas
El proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad te va a permitir:
- Ganar tiempo con tus acreedores. Si tu situación financiera es delicada actualmente, acogiéndote a la Ley de Segunda Oportunidad podrás lograr un nuevo plan de pagos, lo que se traduce en una nueva cuota mensual que se adaptada a tu capacidad durante aproximadamente 5 años.
- Detener cualquier embargo o ejecución sobre tus fondos y bienes. Esto te permitirá retenerlos durante más tiempo.
- Reducir las cuotas de forma notable, adecuándolas a tus necesidades. Con ello además se tienen en cuenta las necesidades del núcleo familiar, con lo que estarás cubierto para lo indispensable.
- En el caso de las empresas, pueden mantener su funcionamiento aunque siempre supervisado para no complicar la situación financiera.
- En algunos casos se consigue retener la vivienda si esta está hipotecada después del proceso.
- Limpiar el historial del deudor a fin de poder iniciar nuevos proyectos.
- Una vez finalizado el proceso, el deudor puede volver a disponer de tarjetas de crédito así como la posibilidad de pedir nuevos créditos y préstamos.
- También desaparecerá de todos los ficheros de morosidad como ASNEF, y acabando así con las molestas llamadas de las financieras y empresas de recobro.
Desventajas
Por otro lado, optar a la Ley de Segunda Oportunidad supone también una serie de contras a tener en cuenta:
- No existe la posibilidad de comprar ni vender ningún bien durante la duración del proceso. Deshacerse de alguna propiedad se podría cometer delito por levantamiento de bienes y podría perjudicar el devenir del caso al considerarse un acto de mala fe.
- El control sobre el patrimonio de la persona física o jurídica va a estar limitado durante la duración del procedimiento.
- En la fase consecutiva se procede a liquidar el patrimonio del deudor para pagar una cantidad determinada de deudas.
- Es recomendable que el deudor no renuncie a ninguna oferta de empleo que se considere adecuada.
- Durante la duración el deudor no puede hacer uso de tarjetas de crédito, así como tampoco solicitar nuevos préstamos o créditos.
- La liberación de deuda no alcanzará a los avalistas en caso de que los haya, aunque sí se cancela una deuda garantizada por terceros.
- En determinados casos, el deudor puede aparecer en el Registro Público Concursal durante 5 años después de la aplicación del BEPI.
- Las deudas públicas se contemplan en el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad casi siempre a modo de fraccionamiento de deuda. En algunos casos sí que se ha alcanzado la cancelación de estas deudas aunque es menos frecuente.
- Es frecuente la entrega de la vivienda hipotecada en el proceso, aunque existen situaciones donde es posible evitarlo. Son muchos los casos de deudores que han optado a esta ley y han mantenido su propiedad hipotecada.
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La Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015) es un mecanismo legal con el que una persona física o jurídica deudora e insolvente puede poner fin a una parte o a la totalidad de las deudas a las que no puede hacer frente con normalidad. Su objetivo es el de proporcionar una segunda oportunidad a todo aquel que se acoge a ella, liberándose de la pesada losa que suponen las deudas del pasado.
Como tal, este procedimiento se ha convertido en la vía de escape principal para todos aquellos que se encuentran en una situación económica insostenible ya sea por la pérdida de un lugar de trabajo o por un negocio fallido. Y a la vez intenta satisfacer también a los acreedores, con el pago de la mayor parte de deuda. A continuación veremos que pros y contras supone optar a la Ley de Segunda Oportunidad.
Fases del proceso
Para optar a la Ley de Segunda Oportunidad, el primer paso es presentar ante Notario (particulares) la solicitud para acogerse a ella. En el caso de personas jurídicas que tengan actividad empresarial (empresas y autónomos) deberán hacerlo a través del Registro Mercantil o la Cámara de Comercio que les corresponda por localidad.
Una vez presentada esta solicitud, se asignará al caso un mediador concursal cuya función será la de llevar a cabo el trámite del acuerdo extrajudicial de pago con la entidad acreedora.
A partir de aquí el concurso consecutivo de la Ley de Segunda Oportunidad lo podemos dividir principalmente en dos grandes bloques:
Fase de acuerdo extrajudicial
El objetivo en esta primera fase no es otro que el de buscar una solución consensuada que satisfaga tanto como sea posible a la parte deudora y a la acreedora. Para ello se procede a una negociación extrajudicial entre ambas partes, con el fin de llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos.
De alcanzar este acuerdo extrajudicial de pagos, finalizará con un acuerdo extrajudicial. Este contempla una rebaja sustancial en las cuotas mensuales que se pagan por la deuda, que puede alcanzar en algunos casos más de un 60%. Además de estas quitas, se pueden aplicar esperas, que consisten en aplazar los pagos a otras fechas donde el deudor tenga mayor capacidad para pagar las nuevas cuotas. En esta fase, también se pueden incluir en algunas situaciones deudas públicas contraídas con Hacienda o Seguridad Social.
Si, por el contrario, no se llegase a ningún acuerdo entre deudor y acreedor, se procedería a iniciar la segunda etapa que te explicamos a continuación.
Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI)
En esta segunda fase judicial el objetivo es eliminar la mayor cantidad de deuda como sea posible. Para ello, es necesario satisfacer todos los créditos contra la masa, así como todos aquellos créditos concursales de carácter privilegiado, y al menos un 25% de todos los créditos ordinarios.
Para que se aplique el BEPI, es necesario cumplir una serie de requisitos que pasan por no tener una deuda superior a los 5 millones de euros, haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con las entidades acreedoras en todo momento, no ser culpable del proceso, no haber sido condenado por delitos socioeconómicos, ni tampoco por robo, o contra Hacienda, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores.
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