¿Me pueden embargar el coche?
Si tienes una deuda sin pagar, es posible que te preguntes si te pueden embargar el coche. En este artículo veremos si los coches son bienes embargables, y te daremos toda la información que debes tener en cuenta en relación a este tema.
¿Pueden embargarme el coche por una deuda?
Sí, te pueden embargar el coche por el impago de una deuda. Por ejemplo, por una multa sin pagar a Hacienda, por una deuda contraída a raíz de un préstamo bancario, o por no pagar el préstamo del coche.
¿Quién puede ordenar que me embarguen el coche?
Tanto un juez como una autoridad administrativa pueden ordenar que te embarguen el coche por una deuda. Vamos a ver qué sucede en cada uno de estos casos:
Embargo de un coche por el juzgado
Si el impago de la deuda llega a los tribunales, el juez tendrá que atenerse a lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el embargo. En el artículo 592.2 de esta ley se establece el orden de los bienes embargables, y los coches se encuentran en sexto lugar (bienes muebles).
Por lo tanto, antes de embargarte el coche, el juez tiene que examinar si existen otros bienes que se deban embargar primero, por la aplicación del citado artículo. Así por ejemplo, si tienes dinero, cualquier tipo de rentas, intereses, etc., estos deben ser embargados antes. Incluso pueden embargarte antes tus joyas, si las tienes, que tu coche.
Además hay que mencionar que el embargo de coche se encuentra por delante en el orden de embargo del embargo de vivienda (7º en el orden) y del embargo de salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles (8º en el orden).
Embargo de un coche por la autoridad administrativa
También pueden embargarte el coche desde la Administración Pública, por una deuda contraída por la misma (deudas con Hacienda o deudas con la Seguridad Social, por ejemplo), ordenando directamente el embargo sin necesidad de que medie una resolución judicial.
En este caso, la ley que se aplica es la Ley General de Recaudación, que contempla el embargo de los coches (como bienes muebles) en su artículo 92.1. La administración embargará antes otros bienes si ello fuera posible. Pero en caso de que tenga que embargar tu coche, deberá dejarlo en depósito y sacarlo a subasta.
Cancela las deudas y evita el embargo del coche
¿Pueden embargarme mi coche aunque no tenga valor suficiente para cubrir la deuda?
Sí, pueden hacerlo, porque en ese caso saldarán parte de la deuda con el dinero obtenido de la subasta del coche y el embargo se extenderá a los demás bienes embargables que poseas, en su caso.
No obstante, la autoridad que ordene el embargo podrá valorar si merece la pena el embargo del coche, o si las gestiones del mismo pueden suponer un gasto mayor que el dinero que se obtendrá por su enajenación (en cuyo caso, lo lógico es que no se ordene el embargo).
Por ejemplo, aunque te pueden embargar un coche de más de 10 años, existe la posibilidad de que decidan no hacerlo si el valor que pueden obtener subastándolo no compensa para los gastos que originará el proceso.
¿Pueden embargarme el coche si lo necesito para trabajar?
Si simplemente lo necesitas para desplazarte hasta tu lugar de trabajo, pueden embargarte tu coche, ya que siempre tienes la posibilidad de utilizar el transporte público. Ahora bien, si tu coche es una herramienta necesaria en tu trabajo (por ejemplo porque eres taxista, en cuyo caso tu vehículo es esencial para ti a la hora de trabajar), no te lo podrán embargar.
¿Puedo conducir con mi coche si está embargado?
Podrás conducir tu coche ya embargado mientras que no se te haya prohibido o el coche no se encuentre precintado. Pero si se da alguno de esos casos, desde ese momento ya no podrás circular con tu vehículo.
Evita el embargo con la Ley de la 2ª Oportunidad
Si te preocupa que te puedan embargar el coche, la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser la solución a tus problemas. Esta ley permite cancelar las deudas pendientes una vez se demuestra que no pueden afrontarse los pagos por ser insolvente.
De esta forma, se eliminan las deudas y se evita cualquier embargo del vehículo, vivienda, sueldo, ahorros, etc. Además, también se paralizan los embargos en curso una vez empiezas el proceso de Segunda Oportunidad.
Para informarte gratuitamente y sin compromiso sobre este mecanismo legal, llámanos al 930 502 305 y un abogado experto estudiará tu caso. También puedes rellenar el siguiente formulario y nosotros te llamaremos.
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