Cancelamos 20.000 euros de deuda de un cliente de Madrid
Durante la primera fase de la Ley de Segunda Oportunidad, se reúnen todos los documentos necesarios para justificar la insolvencia del deudor. Estos documentos deben reflejar los ingresos, gastos, patrimonio y deudas de la persona afectada.
A partir de esta información, el órgano pertinente aprueba la solicitud y empiezan las negociaciones extrajudiciales. Durante esta fase extrajudicial, el objetivo es reducir las deudas pendientes sin poner en peligro la vivienda.
En el caso que nos ocupa aquí, hablamos de un matrimonio de Madrid con unos ingresos de 2.800€/mes y unos gastos de 1.600€/mes. Esto dejaba un margen máximo de 1.200€/mes para el pago de deudas pendientes, cuota que superaban con creces antes de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
En estas negociaciones extrajudiciales se propuso el perdón del 25% de todas las deudas y el fraccionamiento a 5 años de las deudas restantes. Esto resultaba en una cuota mensual de 1.037€/mes, un precio totalmente asumible para este matrimonio sobreendeudado.
Finalmente, la propuesta de acuerdo extrajudicial quedó aprobada. A continuación adjuntamos el acta de reunión de acreedores donde puede leerse lo pactado: