ACTA REUNIÓN DE ACREEDORES DE LA MEDIACIÓN CONCURSAL DE LOS DEUDORES DON XXXXXXXXXXX Y DOÑA XXXXXXXXXXX

 

XXXXXXXXXX, actuando como mediador concursal en el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos de los deudores DON XXXXXXXXXXXX y DOÑA XXXXXXXXXX con Documentos Nacionales de Identidad número XXXXXXXX y XXXXXXXX respectivamente, cuya solicitud de nombramiento fue comunicada por el Sr. Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. XXXXXXXX mediante acta de designación de mediador concursal para la consecución de acuerdo extrajudicial de pagos, de fecha 4 de diciembre de 2019, al número XXXX de su protocolo, hago constar que en el día de la fecha se ha celebrado REUNIÓN DE ACREEDORES del acuerdo extrajudicial de pagos de referencia, de la que se ha extendido la siguiente Acta:

Que siendo las 12 de la mañana del 5 de febrero de 2020, en el domicilio profesional del mediador sito en XXXXXXXXXXX, en el municipio y provincia de madrid, se ha celebrado REUNIÓN DE ACREEDORES, dentro del procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos de los deudores DON XXXXXXXXXXXX y DOÑA XXXXXXXXXXX, con DNI número XXXXXXX y con DNI número XXXXXXXX

ASISTEN

  • DÑA XXXXXXXXXXXX, Abogada en ejercicio, con DNI XXXXXXX, y domicilio en calle XXXXXXXXX, interviniendo en nombre y representación de los deudores DON XXXXXXXXXXX, con NIF XXXXXXXX y DOÑA XXXXXXXXXX con NIF XXXXXXXX. Lo hace en condición de mandataria verbal de los mismos, circunstancia que será ratificada por los deudores al tiempo del otorgamiento de la escritura pública que resulte del presente. 
  • D. XXXXXXXXXX, con NIF XXXXXXXXX, como mediador concursal

POR LOS ACREEDORES, NO ASISTEN

  • COFIDIS
  • WIZINK BANK
  • CENTROS COMERCIALES CARREFOUR
  • BANKIA
  • ONEY SERVICIOS FINANCIEROS
  • BANCO SANTANDER
  • ORANGE ESPAGNE
  • BANCO BILBAO VIZCAYA

ORDEN DEL DÍA

ÚNICO.- Examen y aprobación de la propuesta de plan de pagos de los deudores enviado el 17 de enero de 2020 a la totalidad de los acreedores, en la que se realiza una propuesta de pago y liquidación con una quita del 35% y una espera de 5 años, respecto de los créditos ordinarios, y el pago en sus términos (es decir, sin quita ni espera) del crédito privilegiado especial de Bankia

En relación con el Orden del Día indicado se trataron los siguientes puntos:

PRIMERO.- Se hace constar que las entidades CARREFOUR, WIZINK BANK, COFIDIS y BBVA han contactado con el mediador concursal a efectos de aceptar el plan de pagos propuesto, y que así se haga constar en el acta, lo cual se debe considerar a los efectos establecidos en el art. 237.1 de la Ley Concursal. 

Sobre los demás acreedores: BANCO SANTANDER, ORANGE ESPAGNE, BANKIA y ONEY SERVICIOS FINANCIEROS no han manifestado su posición de aprobación u oposición sobre la propuesta de pagos extrajudicial planteada por la deudora.

Los acreedores, con excepción de los que tengan constituida a su favor garantía real, que habiendo recibido la convocatoria, no asisten a la reunión, y no hubiesen manifestado su aprobación u oposición dentro de los 10 días naturales anteriores, se calificarán como subordinados en el caso de que, fracasada la negociación, fuera declarado el concurso del deudor común, de acuerdo con el art. 237.1 LC.

Dadas las medidas contenidas en la propuesta, para que la misma pueda resultar aceptada requerirá el voto favorable de, al menos, el 75 por ciento del pasivo afectado, en aplicación del art. 238.1.2) LC.

Del total resulta como crédito privilegiado el importe de 23.564,39€ (no sometido a quita ni espera según la propuesta de los deudores), por lo que el crédito total ordinario asciende, a estos efectos, a 108.959,14€.

En consecuencia, el voto favorable BBVA, CARREFOUR, COFIDIS y WIZINK, representando el 83,89% del pasivo total ordinario, por lo que SE OBTIENE la mayoría necesaria para la aprobación del plan de pagos aportado por los deudores. 

Para determinar la conclusión del procedimiento extrajudicial de pagos, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el art. 238.2 LC, elevando a escritura pública el acta ante el notario que hubiera abierto el presente expediente.

Y sin más asuntos que tratar, el mediador concursal cierra la sesión, redactando la presenta Acta y firmándola los presentes.