Ley de la Segunda Oportunidad » Sentencias » Sentencia favorable, eliminamos el 50% de las deudas de una clienta de Madrid
ACTA DE LA REUNIÓN DE 19 DE ENERO DE 2021 DE ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS SOLICITADO POR LA DEUDORA Dª XXXXXXXXXXXX
En Madrid, siendo las 10:00 del día 19 de enero de 2021, según reunión acordada por el órgano de Mediación Concursal, y en su nombre Dª XXXXXXXXX, designada por el Ilustre Notario de Madrid D. XXXXXXXXX, acto que se celebra en el despacho del mediador concursal, sito en la calle XXXXXXXX, habiendo sido citadas las partes mediante comunicación remitida por correo electrónico el día 25 de noviembre de 2020, según las direcciones facilitadas por el deudor instante del procedimiento, al objeto de alcanzar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con sus acreedores, según lo dispuesto en los arts. 631 y ss. del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Comparecen
De un lado (la mediadora concursal)
Dª XXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXXX, y domicilio en la calle XXXXXXXX de Madrid, lo hace en su calidad de mediadora concursal designada en el procedimiento de Acuerdo Extrajudicial de Pagos solicitado por la deudora Dª XXXXXXXXXX, según acta de requerimiento y designación de fecha de 13 de noviembre de 2020 ante el notario de Madrid D. XXXXXXXXX, con número XXX de orden de su protocolo.
De otro (la deudora instante del AEP)
Dª XXXXXXXXX, de nacionalidad española y DNI núm XXXXXXXXX vigente, y domicilio en XXXXXXXX, como deudora e instante del procedimiento de Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
Relación de créditos ordinarios y porcentaje de su deuda sobre el total del pasivo ordinario que comunica el deudor en su propuesta de Acuerdo Extrajudicial:
ACREEDOR |
PENDIENTE |
% acreedor deuda |
Quita aplicada |
Cantidad después de la quita |
BANKIA |
5.800€ |
16,16% |
50% |
2.900€ |
BANKINTER CONSUMER FINANCE |
23.599,54€ |
65,73% |
50% |
11.799,77€ |
COFIDIS |
3.331,58€ |
8,72% |
50% |
1.565,50€ |
LINK FINANZAS |
1.750€ |
4,87% |
50% |
875,00€ |
FINDIRECT |
1.621,08€ |
4,52% |
50% |
810,54€ |
TOTAL |
35.901,62€ |
100% |
|
17.950,81€ |
MENSUAL (6 años) |
249,32€ |
Previamente al inicio del acto para alcanzar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos, se pone de manifiesto por el órgano de mediación los correos electrónicos de fecha 15 y 31 de diciembre de 2020, y 13 de enero de 2021 respectivamente, de las entidades FINDIRECT, BANKINTER CONSUMER FINANCE y COFIDIS S.A. por los que se comunica la aceptación del Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
No compareciendo en el presente acto el resto de los acreedores, se entiende conseguido con éxito el Acuerdo Extrajudicial de Pagos al haberse alcanzado el quórum necesario previsto en el art. 677 del Texto Refundido de la Ley Concursal para la aprobación del acuerdo, y se procede a informar al deudor a los efectos legales oportunos.
Habiéndose logrado la aprobación del Acuerdo Extrajudicial de Pagos solicitado por el deudor, se da por terminado el acto, y se procede a levantar la presente, firmando los comparecientes junto con el Mediador Concursal, dos ejemplares de la misma, del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar señalado ut supra, entregándose una copia de la misma.