ACUERDO DE MEDIACIÓN CONCURSAL

1.- Tras la citación a los acreedores y al deudor XXXXXXXXXX, mayor de edad, divorciado, con domicilio en calle XXXXXXXXX, provisto de DNI XXXXXXXXX, para llegar a un Acuerdo Extrajudicial de Pagos (en adelante AEP), ante el Notario de Ripollet XXXXXXXX bajo número XXX de protocolo, acta aceptada el día 22/06/2018

2.- Asisten a la reunión el día 4 de septiembre de 2018.

  • Mediador concursal; XXXXXXXX, mayor de edad, abogado, ICAB nº XXXXXXXXXX
  • Deudor; XXXXXXXXXX
  • Acreedores; Ninguno

Todas las partes tienen capacidad legal para la celebración del presente acto, actuando en su nombre propio y se acuerda;

3.- Planteamiento al plan de pagos por el deudor;

A).- Una quita del 45% para todos los créditos relacionados en la lista de acreedores que se acompañó a la convocatoria.

B).- Una espera de 5 años para todos los créditos relacionados en la lista de acreedores que se acompañó a la convocatoria.

  • Evofinance, BBVA respondieron al llamamiento de la mediación no aceptando la propuesta.
  • Banco Sabadell, Cetelem y Wizink respondieron al llamamiento de la mediación ACEPTANDO la propuesta.
  • Creditea comunicó crédito personalmente al deudor, pese a no estar en la lista de acreedores de la mediación.
  • El resto de acreedores no han respondido al llamamiento de la propuesta, siendo estos; ING Direct, Monedo Now, Kreditech Spain, Grupo MGO, Iberia Cards.

4.- Modificación del Plan de Pagos y viabilidad

De conformidad al artículo 237.2 LC que expresamente dice:

“El plan de pagos y el plan de viabilidad podrán ser modificados en la reunión, siempre que no se alteren las condiciones de pago de los acreedores que, por haber manifestado su aprobación dentro de los diez días naturales anteriores, no hayan asistido a la reunión.”

Respecto de los acreedores que no han insinuado ni su conformidad ni su disconformidad con el Plan de Pagos propuesto se propone una quita del 70% con una espera de 5 años que se acuerda y aprueba.

El plan de pagos queda de la siguiente forma.

Con Banco Sabadell se liquidará mensualmente tal y como se viene haciendo el préstamo hipotecario, siendo el pendiente de 60.749,02€.

 

ACREEDOR IMPORTE % acreedor deuda Quita aplicada Aceptación de propuesta Cantidad tras la quita
BANCO SABADELL 78,83€ 0,05% 45% 43,36€
BANCO SABADELL 3.148,87€ 2,19% 45% 1.731,88€
BANCO SABADELL 1.236,87€ 0,86% 45% 680,28€
BANCO SABADELL 60.749,02€ 42,21% 0% PRIVILEGIADO
BBVA 1.427,52€ 0,99% 45% NO 785,14€
CETELEM 43.895,22€ 30,50% 45% 24.142,37€
CREDITEA 1.250,00€ 0,87% 45% 687,50€
COFIDIS 4.408,78€ 3,06% 45% 2.424,83€
IBERIA CARDS 2.730,27€ 1,90% 70% No contesta 819,08€
EVOFINANCE 2.158,35€ 1,50% 45% NO 1.187,09€
GRUPO MGO 2.989,28€ 2,08% 70% No contesta 896,78€
KREDITECH SPAIN 1.144,91€ 0,80% 70% No contesta 343,47€
MONEDO NOW 2.000,00€ 1,39% 70% No contesta 600,00€
ING DIRECT 7.452,98€ 5,18% 70% No contesta 2.235,89€
WIZINK 9.260,13€ 6,43% 45% 5.093,07€
TOTAL 143.931,03€ 41.670,74€
MENSUAL (5 años) 694,51€

5.- Resultado de la mediación:

La convocatoria de la reunión estaba prevista para el día 31 de julio de 2018 a las 11.00h, a la vista que la mediación estaba pendiente de la respuesta de un acreedor para alcanzar la mayoría de votos, con el que se estaba llegando a un acuerdo, se comunicó a todos, el día 30 de julio de 2018, que la reunión se posponía al día 4 de septiembre de 2018. Dicho acreedor comunicó el día 30 de julio de 2018 que aceptaba el plan de pagos propuesto, por lo que se alcanzó un acuerdo de mayorías el día 30 de julio, pero se ha respetado la nueva convocatoria para el día 4 de septiembre de 2018.

La suma de los votos favorables alcanzan el 86,05% del pasivo habiéndose conseguido los mínimos porcentajes del artículo 238 LC para llegar a un acuerdo de mediación en la quita y espera propuesta, el resultado para conseguir un acuerdo extrajudicial de pagos entre los acreedores ha sido DE ACUERDO.

El pago a los acreedores se efectuará en el número de cuenta que faciliten dentro de los primeros 15 días del mes, siendo el primer pago al mes siguiente de la elevación a público de los acuerdos ante Notario sin variación de intereses por IPC.

Se cierra la presente acta en fecha 4 de septiembre a las 11.00h.