Ley de la Segunda Oportunidad » Sentencias » Sentencia favorable, eliminamos las deudas de una empresa de Barcelona
AUTO Nº XXXXXX
En la ciudad de Barcelona, a 18 de septiembre de 2019.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- La sociedad de capital XXXXXXXXXXX SL, con la postulación procesal que es de ver en autos, ha presentado solicitud de declaración de concurso voluntario. Su conocimiento ha correspondido al Juzgado de lo mercantil número XX de Barcelona, de acuerdo con las vigentes normas de reparto del Tribunal Mercantil de Barcelona; y ha sido registrado como procedimiento de concurso voluntario abreviado número XXXXXX.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Competencia
[Exposición de los fundamentos de derecho por los cuales es este y no otro el juzgado competente para dicho procedimiento de concurso voluntario.]
SEGUNDO.- Presupuestos
[Exposición de los fundamentos de derecho por los cuales la documentación aportada por el concursado cumple con los requisitos formales y revela su situación actual de insolvencia.]
TERCERO.- Procedimiento aplicable.
Se aplicará el procedimiento abreviado, de conformidad con lo normado por el artículo 190.1 de la Ley Concursal
CUARTO.- Conclusión por insuficiencia de masa activa y efectos jurídicos de la misma.
[Exposición de los fundamentos de derecho por los cuales podrá concluirse el concurso por insuficiencia de masa activa en el mismo auto de declaración de concurso cuando el patrimonio del concursado no sea suficiente para pagar los créditos contra la masa. No existen bienes inmobiliarios que permitan pagar a todos los acreedores más allá de al acreedor hipotecario. Tampoco existen bienes suficientes para continuar cubriendo los costes del procedimiento y que además todos los acreedores se vean satisfechos de forma colectiva.]
QUINTO.- Publicidad.
[Exposición de los fundamentos de derecho por los cuales no es necesario llevar a cabo la publicación registral. Por lo tanto, la publicidad queda limitada a la declaración del concurso y su conclusión en el Boletín Oficial del Estado, tablón de anuncios del Juzgado y Registro Público Concursal.]
PARTE DISPOSITIVA
- DECLARO el estado de concurso voluntario de la sociedad de capital XXXXXXXXXXXXXX SL, con domicilio social sito en Barcelona, Calle XXXXXXXXX. Está inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, XXXXXXXXXX
- DECLARO concluso el concurso por insuficiencia de masa activa a todos los efectos legales y en consecuencia, procede acordar la extinción de la sociedad capital instante XXXXXXXXXXX SL con la consiguiente cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Barcelona, al que se librará el oportuno mandamiento a tal efecto luego sea firme la presente resolución y que contendrá testimonio de la presente resolución con declaración de firmeza la misma.
- Publíquese la declaración de concurso en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado, ofíciese al Boletín Oficial del Estado y líbrense los despachos oportunos para el cumplimiento de lo dispuesto por esta resolución.
Así lo acuerda, manda y firma D. XXXXXXXXXX, Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil número XX de Barcelona.